Por el Equipo ProtocoloKarin · Especialistas en cumplimiento de la Ley 21.643
El Protocolo de Prevención es el documento que acredita que tu empresa tiene políticas formales contra el acoso laboral, sexual y el maltrato. Sin él, no hay cumplimiento posible de la Ley Karin — y es lo primero que pide la Dirección del Trabajo en una fiscalización.
Es un documento formal que describe:
No es un documento genérico: debe estar personalizado con los datos de tu empresa y firmado por el representante legal.
El representante legal de la empresa. En el caso de personas jurídicas, el gerente general o quien tenga poderes suficientes. La firma (idealmente con fecha) acredita que la empresa ha adoptado formalmente las políticas.
La ley no establece un plazo fijo, pero la práctica recomendada es revisar el protocolo al menos una vez al año o cuando existan cambios en la estructura de la empresa, en el responsable interno, o cuando la normativa sea modificada.
Un protocolo insuficiente:
Un protocolo válido:
La ley exige difusión semestral a todos los trabajadores. Esto puede hacerse por:
Lo importante es que quede registro de que los trabajadores fueron informados.
Técnicamente un Word puede contener el texto correcto, pero no acredita cumplimiento de manera sólida ante la DT porque no hay trazabilidad de cuándo fue creado, si está vigente o si fue efectivamente difundido.
ProtocoloKarin genera automáticamente el Protocolo de Prevención personalizado para tu empresa en PDF, con todos los datos legalmente requeridos. Solo ingresas los datos de tu organización y el sistema produce el documento listo para firmar y difundir.
Este artículo se basa en la Ley 21.643 (Ley Karin), el Código del Trabajo y las orientaciones oficiales de la Dirección del Trabajo de Chile (www.dt.gob.cl), organismo encargado de fiscalizar su cumplimiento. No constituye asesoría legal.
El compromiso de la empresa, las conductas prohibidas, el procedimiento de denuncia paso a paso, los plazos legales, las medidas de resguardo, los datos del responsable interno y los canales de denuncia disponibles.
El representante legal de la empresa. En personas jurídicas, el gerente general o quien tenga poderes suficientes. La firma con fecha acredita que la empresa adoptó formalmente las políticas.
La ley no fija un plazo, pero se recomienda revisarlo al menos una vez al año o cuando cambie la estructura de la empresa, el responsable interno o la normativa.
Activa tu protocolo, canal de denuncias y sistema de gestión en menos de 5 minutos. Todo lo que la Dirección del Trabajo puede pedirte, listo desde el primer día.
Activar ahora — $24.995 el primer mesSin permanencia · Cancela cuando quieras
Artículos relacionados
Todo lo que debes saber sobre la Ley 21.643 (Ley Karin): qué es, a quién aplica, qué exige y cuáles son las consecuencias de no cumplirla.
La Ley Karin exige un canal de denuncias activo en todas las empresas chilenas. Aprende qué debe tener, cómo funciona y cómo cumplir fácilmente.
La Dirección del Trabajo fiscaliza el cumplimiento de la Ley 21.643. Conoce cómo inspecciona, qué documentos pide y cómo prepararte para evitar multas.